Es la solicitud que realizas para la conexión a la red de distribución con el fin de suministrar el servicio de energía a una instalación para un provisional de construcción y/o sala de ventas. La condición de provisionalidad se otorgará para periodos no mayores a seis meses (prorrogables según el criterio del OR o quien preste el servicio, previa solicitud del usuario).
Cualquier persona natural o jurídica.
Realiza los trámites a través de nuestro portal de vinculación clientes Ingresar al portal
Envía el formato diligenciado con los documentos adjuntos al correo
[email protected]
Envía el formato diligenciado con los documentos adjuntos al correo [email protected]
A través de nuestras oficinas de atención al cliente, con la entrega de la información y documentos requeridos para el trámite.
La negación de la conexión al servicio, se comunicará por escrito al solicitante, indicando los motivos que sustentan tal decisión. Contra esa decisión procede el recurso de reposición ante la empresa, y también el de apelación ante la Superintendencia de Servicios Públicos, conforme a las normas legales, que regulan los recursos ante las empresas de servicios públicos.
CHEC asigna un costo a este trámite con base en la Resolución CREG 225 de 1997.
Consúltalo haciendo clic aquí
Resolución CREG 075 de 2021.
Circular CREG 001 de 2023.
Resolución CREG 156 de 2011.
Resolución CREG 225 de 1997.
Resolución CREG 108 de 1997.
Reglamento Técnico de Instalaciones Eléctricas (RETIE) Norma Técnica NTC 2050.
Normas de diseño y construcción de CHEC.
Zonas urbanas de Manizales, Dosquebradas, Villamaría, Santa Rosa, Chinchiná, Riosucio, La Dorada, La Virginia y Supía:
Los demás municipios y toda la zona rural:
*De acuerdo a la normatividad vigente disponemos con máximo 15 días hábiles para dar respuesta a las solicitudes.