Es el trámite que realizas para poder determinar el punto de la red eléctrica desde el cual se obtendrá la energía para alimentar tus instalaciones. Este trámite define la necesidad de construcción de redes para el transporte de la energía hasta tus instalaciones, describe el procedimiento y las especificaciones técnicas que se debes seguir para construirlas. Así mismo, precisa el nivel de tensión con el cual se debe realizar la conexión y dependiendo de su complejidad y de sus características, se detalla si se requiere la presentación de un proyecto eléctrico.
Cuando tu conexión no requiere construcción de redes, la factibilidad del servicio de energía indica los pasos que debes seguir para culminar exitosamente tu conexión.
Si tienes alguna duda sobre el tipo de instalación, te aconsejamos buscar asesoría de un profesional competente con matrícula profesional vigente (técnico, tecnólogo o ingeniero electricista)
Cualquier persona natural o jurídica.
Información del solicitante: nombre, cédula, dirección, teléfono, correo electrónico.
Información del propietario y/o usuario potencial: nombre, cédula, dirección, teléfono, correo electrónico.
Información de la obra: tipo de solicitud, nombre de la obra, dirección de la obra, municipio, barrio, uso que va a tener el servicio, carga nueva, carga total, tipo de carga, cantidad de medidores existentes y proyectados en el predio.
A través de nuestras líneas telefónicas #415 o 018000912432 opción 3 "Trámite de servicios nuevos".
Envía el formato diligenciado con los documentos adjuntos al correo
[email protected]
Realiza los trámites a través de nuestro portal de vinculación clientes.
Ingresar al portal
A través de nuestras oficinas de atención al cliente, con la entrega de la información y documentos requeridos para el trámite.
Envía el formato diligenciado con los documentos adjuntos al correo [email protected]
Aplica solo para empresas constructoras.
Este trámite no tiene costo.
Resolución CREG 075 de 2021.
Resolución CREG 156 de 2011.
Resolución CREG 070 de 1998.
La solicitud de factibilidad del servicio de energía tiene un tiempo máximo de respuesta de siete (7) días hábiles después de la entrega de la solicitud.
En caso de que presentes una inconformidad o inquietud sobre la respuesta de la factibilidad del servicio puedes solicitar el trámite de "Observación a la factibilidad", el cual será contestado en un término de quince (15) días hábiles.